¿Ha sido víctima de hurto o delitos asociados?

Los hurtos son delitos que se presentan cuando una persona se apropia de una cosa mueble ajena, sin la voluntad de su dueño, efectuada con ánimo de lucro y sin que exista violencia, intimidación en las personas o uso de fuerza en las cosas, ya que si entran a influir estás últimas conductas, un abogado penalista podrá realizar imputaciones de cargos un poco más severas haciendo referencia a robo con fuerza o intimidación que se penaliza de forma más grave.

Diferencia entre hurto y robo

El delito de hurto y el robo poseen características comunes a pesar de ser diferentes en coherencia a la forma cómo se realiza la apropiación del objeto material. Según señala la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) “el robo es el delito en el cual alguien se apropia de algo de otro usando la violencia o intimidación en las personas o la fuerza de las cosas (romper una ventana o dañar una puerta, asaltar a una persona). Si se hace sin ninguna fuerza es hurto”. Por ejemplo, entrar a una casa sería robo porque requiere romper capas o sacar propiedades por la ventana, a comparación de sacar un producto de un supermercado sin fuerza o intimidación, lo que sería hurto.

Pese a que los robos y hurtos son los delitos más frecuentes en Chile, según los datos arrojados por información recopilada por la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior, es imprescindible que usted conozca las penas asociadas que están estipuladas legalmente y las herramientas que puede utilizar en conjunto con una asesoría jurídica para tomar las mejores decisiones si ha sido víctima o imputado por estos delitos.

Tipos de hurto

El Código Penal contempla varios tipos de hurto, dentro de los que hay diferentes variaciones de conducta y penas según sea el caso. No obstante, el hurto simple implica la apropiación de un bien mueble ajeno sin la voluntad de su dueño y sin violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas y, cuya penalidad depende del valor de las cosas hurtadas. Por otro lado, se encuentra el hurto agravado que sucede en los casos en que el autor abusa de la confianza existente con la víctima, como se puede ejemplificar en casos como cuando un obrero se lleva materiales de la construcción, la trabajadora de casa particular hurta especies de la casa de quienes la emplearon, entre otros. Y está el hurto de hallazgo, el cual se da cuando existe apropiación de una cosa sin sustraerla, o porque se la encontró y al parecer estaba perdida, o cuando fue abandonada por alguna razón.

Penas asociadas a delitos de hurto

Las penas dependen de muchas variables, en caso de hurto simple, que es muy común en supermercados y el comercio en general, es castigado de acuerdo con el monto sustraído con multas de distinto valor y penas privativas de libertad que pueden oscilar entre los 61 días a 5 años de presidio menor dependiendo si el valor de lo hurtado es de media a 400 Unidad Tributaria Mensual (UTM). Si el monto robado es menor a media Unidad Tributaria Mensual (UTM), es considerado un hurto de falta y tiene penas considerablemente más bajas.

En relación con los robos con sorpresa, más conocidos como “lanzazos”, la pena puede oscilar en los 541 días hasta 5 años de privación de la libertad. Si por el contrario, el robo es con intimidación, en su figura básica, se imputará la pena de acuerdo con la gravedad de la violencia usada contra la víctima, extensión del mal causado y otras variantes, que determinarán una pena que puede ir en principio desde los 5 años y un día a 20 años de privación efectiva de la libertad (sin penas sustitutivas).

Penas con implicaciones agravantes

Hay situaciones de robo donde se presenta homicidio o violación en los casos más lamentables, ya que se ve involucrada la pérdida de una vida humana o la integridad física y moral. En estos casos la pena podría ir a presidio perpetuo calificado y, de aplicarse esta condena, la persona pierde el derecho a solicitar la libertad condicional antes de los 40 años de cárcel. La pena de cualquiera de los mencionados anteriormente puede aumentar si hay reincidencia.

Si usted ha sido víctima o imputado de hurto o robo, Matus y Cía. le brindará la asesoría jurídica pertinente para su caso; comuníquese directamente al teléfono +56 991 617 959 o al correo [email protected] a fin de evitar traslados y exposición innecesaria a riesgos de contagio debido a la contingencia sanitaria actual.



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